domingo, 26 de enero de 2014

¿Cuanto tengo que facturar en mi negocio para que sea viable?

Muchos contestarían, “un poco mas barato que mi competencia”. En principio podríamos decir que no es un análisis malo ya que por supuesto que tendremos que tener en cuenta a nuestra competencia para poder saber por cuanto podemos vender un producto. Pero este parámetro no te va ha indicar si tu empresa es viable, sino cual sería el coste máximo de un producto.

Por desgracia a lo largo de mi experiencia profesional he visto como la contestación a esta pregunta por parte muchos empresarios no se correspondía con la realidad económica de su empresa. Es una pregunta que parece obvia que debiera ser de conocimiento obligado para todo emprendedor, pero en muchas ocasiones se convierte en la gran cruz de muchos de ellos y lo peor aún es que muchos creen saberlo y realmente no lo saben.

Es cierto que nos podemos complicar la vida todo lo que queramos, podemos realizar estudios, hacer muchas divisiones de nuestros productos, pero hoy quiero explicar como tener controlado de una forma global el coste de nuestras empresas mediante una plantilla que en este caso la he realizado con un programa ofimático pero que se podría realizar con un folio y un lápiz.

Para poder explicarlo mejor he querido poner un ejemplo de una taberna, donde existe un empresario autónomo que lleva hacia adelante este proyecto descansando un día a la semana.


sábado, 11 de enero de 2014

“Autónomos y arrendadores de locales”, los mas afectados con las nuevas presentaciones telemáticas a la Agencia Tributaria para el año 2014.

En el ejercicio 2014 se amplían los obligados tributarios que tienen que presentar modelos de autoliquidación de forma telemática ante la AEAT.

Para el I.V.A desaparece el modelo 303 en papel pre-impreso con lo que este modelo habrá que
presentarlo obligatoriamente de manera telemática. También ocurre lo mismo para el modelo de para las retenciones del IRPF 111.

Se deja para el próximo ejercicio 2015 los modelos de retenciones por arrendamientos 115 y los modelos de pagos fraccionados del IRPF 130 y 131.

También hay que tener en cuenta que las declaraciones informativas que se presenten dentro del ejercicio se presentarán de forma telemática. A demás el modelo 390 de resumen anual de IVA, se podrá presentar mediante el envío de un mensaje SMS, cuando se haya obtenido mediante el programa de ayuda elaborado por la Agencia Tributaria.

lunes, 25 de noviembre de 2013

Contabilidad evolución de la partida simple a la doble

Durante muchos años la contabilidad ha formado parte de nuestras vidas, ya en las civilizaciones incas, egipcias y romanas, arqueólogos han encontrado distintos métodos de registros contables.

La creación de la moneda ha sido muy importante para el desarrollo de la contabilidad ya que si el trueque hubiese seguido como medio económico con toda probabilidad no hubiese evolucionado.
A demás desde un punto de vista meramente práctico la contabilidad solo se registra la salida y entradas de productos, esto da lugar a contabilidad simple.

Por ejemplo compro un kilo de harina a 3 euros y lo vendo a 5 euros, ¿cómo se contabilizaría siguiendo el método de partida simple?

Mayor (Harina)
Fecha
Debe
Haber
25-11-XX
3


27-11-XX


5
Saldo


2

Regímen aplicable a un aparejador con una minusvalía >= 33% socio de una sociedad mercantil.


 Si el objeto de la sociedad para la que va a trabajar el aparejador es EXCLUSIVAMENTE de prestación de servicios de la profesión de arquitectura técnica, el aparejador puede optar entre una Mutualidad de Previsión Social y el Régimen de Autónomos de la Seguridad Social (RETA) para las coberturas de jubilación y prestaciones de riesgo (fallecimiento, incapacidad permanente...). Esta elección se realiza la primera vez, con la particularidad de que si al inicio elige mutualidad y después quiere pasar al RETA podría hacerlo, pero NO al contrario (si elige de inicio RETA no podrá cambiar)

jueves, 14 de noviembre de 2013

¿Quien debe de llevar una contabilidad?

Todo empresario (persona natural o jurídica) está obligado a llevar una contabilidad ordenada y adecuada a la actividad de su empresa, que permita un seguimiento cronológico de todas sus operaciones, así como la elaboración periódica de balances e inventarios (art. 25.1 del Ccom.).


Para que la contabilidad sea clara, de manera que los sujetos interesados en ella (socios, terceros, el Estado) puedan formarse una opinión fundada sobre la situación económica y financiera de la empresa, la Ley establece unas mismas pautas y un mismo esquema para todos los empresarios. Con carácter general, y sin perjuicio de lo que se dirá acerca del esquema del balance, de la cuenta de pérdidas y ganancias, del estado que refleje los cambios en el patrimonio neto, del estado de flujos de efectivo y de la memoria, el art. 29 del Ccom. establece una serie de reglas en su núm. 1: